LISTADO DE REPRESALIADOS 9: BERNÁ-BERNABEU.

LISTADO 9: BERNÁ-BERNABEU.

 

BERNÁ BERNABEU, Eusebio:

Vecino de Orihuela (La Murada). Afiliado al PCE.  Juzgado en un Consejo de guerra celebrado en Alicante en noviembre de 1942.

Archivo Municipal de Orihuela

(Fuente: Antonio Mazón).

BERNÁ BERNABEU, José:

Natural y vecino de Orihuela. Jornalero. Se le aplicó la LRP.

(Fuente: M. Ors).

BERNÁ PEINADO, Jaime:

Vecino de Orihuela (La Murada). Jornalero, de 47 años.  Procesado en 1939 por la Justicia Militar. Condenado a prisión, salió de la cárcel de Belchite el 6-XI-1943 en libertad condicional y fijó su residencia en Torrevieja. El TRP le condenó a 2 años de inhabilitación por detenciones.

(Fuente: AHPA. Legajo 803 – BOPA, 13-XI-1944).

BERNÁ TARÍ, Jesús:

Natural y vecino de Orihuela. Limpiabotas, de 29 años. Ingresó en la prisión de Orihuela el 1-IX y fue enviado al Reformatorio de Alicante el 12-XII.

(Fuente: AHPA. Legajo 12592).

BERNABÉ BERENGUER, Ramón:

Vecino de Orihuela, de 46 años. Un Consejo de guerra le condenó a la pena de muerte por adhesión a la rebelión y fue fusilado el 31-X-1939.

(Fuente: Miguel Ors).

BERNABÉ CLEMENTE, Manuel:

Vecino de Orihuela. En un informe, de 1940, se dijo que era de buena conducta moral, pero de ideas izquierdistas, que prestó servicio a los rojos como enlace motorista: “denunció a elementos falangistas de Orihuela al SIM de Madrid, denunciados que fueron objeto de malos tratos”.

(Fuente: AHPA. Legajo 816).

BERNABÉ COLÓN, Emilio, (a) Perín / El París:

Natural y vecino de Orihuela. Agricultor, de 28 / 49 años. Ingresó en la cárcel de Orihuela el 6-IX-1939 y el 8-II-1940 fue enviado al Reformatorio de Alicante.  Asistió a Consejo de guerra el 10-II-1940. El 9-VI-1941 fue condenado a celda de aislamiento durante quince días.

El 15-XII-1941 fue enviado al Destacamento de Penados de Belchite. Fue apresado de nuevo en Orihuela el 20-IX-1944 por escándalo en una «casa de pupilas», por proferir injurias contra el Régimen, por haber dicho “cuando vengan los míos te daré cinco tiros / salud / me cago en la puta madre que parió a la Guardia Civil”.

Trasladado al Reformatorio de Alicante el 3-X-1944, un Consejo de guerra celebrado el 6-XII-1946 le condenó a seis meses y un día de presidio correccional. El Tribunal llamó la atención de la superioridad sobre la circunstancia de que se encontraba en libertad condicional y se puso el hecho en conocimiento de la Junta Central de Libertad Vigilada. El TRP le condenó a 2 años de inhabilitación por detenciones.

(Fuente: AHPA. Legajos 776, 2337 y 9074 – BOPA, 7-XI-1944).

BERNABÉ COLÓN, Monserrate:

Natural y vecino de Orihuela. Albañil, nacido el 13-IX-1914. Afiliado al PCE. En 1947 el TRMyC ordenó su busca y captura.  Según un informe de la Guardia Civil pertenecía al PSOE desde antes del alzamiento militar, fue miliciano, tomó parte en la quema de la Iglesia y objetos sagrados, marchó voluntario al frente y fue comisario. Un Consejo de guerra le condenó a la pena de muerte, que le fue conmutada por la de 30 años. Estaba en ese momento en paradero ignorado.

(Fuente: AHPA. Legajo 1050 – A. Mazón).

BERNABÉ EGEA, Trinitario, (a) El Cabezote:

Natural y vecino de Orihuela (San Bartolomé). Agricultor / comerciante de frutas, de 26 años. Ingresó en el Reformatorio de Alicante el 1-V-1942 desde la prisión de Elche, a donde llegó el 20-IX-1939 desde Yeserías.

Considerado peligroso, estaba acusado por haber pertenecido a UGT y al PCE antes de la guerra, por miliciano, por intervenir la destrucción de la Iglesia y de una imagen del Corazón de Jesús, por controles de carreteras, por la detención de personas de orden, por marchar voluntario al Ejército y por incorporarse al Cuerpo de Asalto.

Un Consejo de guerra celebrado el 15-V-1942 le condenó a 16 años de reclusión menor por auxilio a la rebelión. Llevaba preso 2 años, 3 meses y 25 días cuando obtuvo la condicional el 5-V-1943. La definitiva llegó el 31-XII-1955. Se le aplicó la LRP.

(Fuente: AHPA. Legajos 9165 y 9276 – M. Ors).

BERNABÉ RODRÍGUEZ, Francisco:

Natural y vecino de Orihuela (Arneva), de 26 años. Ingresó en la prisión de Orihuela el 18-IX-1940 y el 23-XI-1940 fue enviado al Batallón de Trabajadores nº 63.

(Fuente: AHPA. Legajo 12515).

BERNABEU AGUILAR, José, (a) Joselito:

Natural y vecino de Orihuela (Molíns). Carnicero, de 21 años. Afiliado a la JSU, voluntario al Ejército Popular, donde alcanzó la graduación de sargento.

Ingresó en la Prisión de Orihuela el 15-IV-1939 y fue puesto en libertad condicional el 10-II-1941. Su madre, “La Tía Leonor”, fue pelada y purgada con aceite de ricino por los falangistas.

(Fuente: AHPA. Legajo 12516 – A. Mazón).

BERNABEU BERENGUER, Ramón:

Natural de Sax, vecino de Orihuela. Contable, de 46 años. Ingresó en la cárcel de Orihuela el 5-IV-1939 y el 27-V fue enviado a la Comandancia Militar de la plaza.

(Fuente: AHPA. Legajo 12587).

BERNABEU GARCÍA, Antonio:

Natural de Bigastro y vecino de Orihuela. Alpargatero, de 33 años. Ingresó en la cárcel de Orihuela el 15-V-1939 y fue puesto en libertad el 21-XII.

(Fuente: AHPA. Legajo 12591).

BERNABEU MIRA, Indalecio:

Natural y vecino de Orihuela (La Murada). Campesino, de 32 años. Ingresó en la cárcel de Orihuela el 4-VII.1939 y el 21-VII el Tribunal Clasificador de Prisioneros lo envió a León, a través del Reformatorio de Alicante. Quedó en prisión atenuada el 16-VI-1940 procesado por la Justicia Militar.

(Fuente: AHPA. Legajos 12587 y 19617).

BERNABEU PERTEGAL, Francisco:

Vecino de Orihuela. El Ayuntamiento le destituyó como asentador de la Lonja Municipal en diciembre de 1939 por su anterior actuación izquierdista. El Ministerio de la Gobernación no atendió su recurso por considerar que al no ser funcionario, su nombramiento y cese era de competencia exclusiva municipal sin que cupiera recurso ante otras instancias.

(Fuente: AHPA. Legajo 2780).

BERNABEU PERTEGAL, Monserrate:

Vecino de Orihuela. El Ayuntamiento le destituyó como asentador de la Lonja Municipal en diciembre de 1939 por su anterior actuación izquierdista. El Ministerio de la Gobernación no atendió su recurso por considerar que al no ser funcionario, su nombramiento y cese era de competencia exclusiva municipal sin que cupiera recurso ante otras instancias.

(Fuente: AHPA. Legajo 2780).